Salud Pública: Veda Total a la Pseudoefedrina y Efedrina en la Manufactura Nacional

A partir de este lunes 30 de marzo de 2026, la Secretaría de Salud ha endurecido drásticamente los controles sanitarios en el país al imponer restricciones totales al uso, consumo y procesamiento de la pseudoefedrina y efedrina. Según el Acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), queda estrictamente prohibida la utilización de sales, precursores y derivados de estas sustancias en cualquier proceso de fabricación de medicamentos o insumos para la salud. Esta medida no solo afecta al producto final. Además, veta su uso como materia prima, principio activo, químico esencial o cualquier otra función técnica dentro de la cadena industrial. Con esta modificación a los numerales primero, segundo, tercero y sexto del acuerdo original, el Gobierno de México busca erradicar los riesgos asociados al desvío de estos precursores químicos. Por ello, prioriza la protección de la salud humana frente a posibles usos ilícitos o efectos secundarios nocivos en la población.

La normativa actual determina la prohibición absoluta en todas las etapas de la cadena económica: desde la producción y distribución hasta la comercialización de cualquier fármaco que haya sido elaborado utilizando estas sustancias o sus aditivos. El documento es tajante al señalar que exclusivamente los titulares de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) o de la Comisión de Autorización Sanitaria tendrán la facultad única de autorizar la adquisición de estas sustancias bajo condiciones extraordinarias. Estos permisos se limitarán estrictamente a dependencias e institutos que las requieran para labores de investigación científica, facultades de vigilancia o análisis toxicológicos específicos. De este modo, se cierra cualquier puerta a la fabricación comercial masiva que anteriormente utilizaba estos compuestos en antigripales y descongestionantes.

En cuanto al comercio exterior, el acuerdo añade que se prohíbe toda importación de insumos médicos que contengan pseudoefedrina o efedrina entre sus componentes. Existe una cláusula de tolerancia cero. Si algún lote de estas sustancias o productos terminados es introducido al país debido a procesos de importación que ya estuvieran avanzados antes de la entrada en vigor de este decreto, la autoridad procederá de inmediato a su destrucción total. Además, las empresas importadoras y laboratorios tienen la obligación de dar aviso inmediato a la Cofepris sobre la presencia de tales cargamentos para coordinar su eliminación bajo protocolos de seguridad. Esta decisión marca un hito en la regulación farmacéutica de 2026. De hecho, obliga a la industria a migrar definitivamente hacia alternativas químicas más seguras. La vigilancia sanitaria se intensificará a partir de esta semana en aduanas y plantas de producción. Así, se asegura el cumplimiento de esta veda que busca limpiar los anaqueles nacionales de precursores de alto riesgo. Finalmente, se consolida un marco preventivo que alinea a México con los estándares internacionales de fiscalización de sustancias sensibles, garantizando que el derecho a la salud prevalezca sobre los intereses comerciales de la industria de los fármacos.

Redacción Rotativo de México
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