Una investigación de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) reveló vínculos entre Amílcar Olán, empresario cercano a los hijos del expresidente Andrés Manuel López Obrador, y empresas relacionadas con una autorización para operar apuestas por internet, otorgada durante la gestión de Adán Augusto López al frente de la Secretaría de Gobernación.
El permiso fue firmado el 28 de junio de 2023 por Manuel Marcué Díaz, entonces director general de Juegos y Sorteos, un día antes de abandonar el cargo. La autorización permitió a Superjuegos Robin, en conjunto con Operadora de Entretenimientos y Espectáculos Deportivos Luxury de México, captar apuestas mediante los sitios betwarrior.mx y betwarrior.com.mx.
Los registros mercantiles consultados por MCCI identificaron a Jesús Medina Córdova, contador de Olán, como comisario de Luxury de México, mientras que Amílcar Aparicio Sánchez, abuelo materno del empresario, formó parte de su consejo de administración. Sin embargo, los documentos disponibles no permiten determinar si ambos se incorporaron a la compañía antes o después de la autorización.
La investigación también documentó antecedentes de relaciones comerciales entre Marcué Díaz y Olán. Durante el gobierno de Adán Augusto López en Tabasco, Marcué ocupó la titularidad de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Salud estatal, desde donde se otorgaron contratos por más de 214 millones de pesos a Romedic, empresa propiedad del empresario.
Posteriormente, en enero de 2022, Marcué fue nombrado director general de Juegos y Sorteos por López Hernández, quien entonces encabezaba la Secretaría de Gobernación.
Otro antecedente señalado en la investigación ocurrió en marzo de 2023, cuando Marcué amplió por 15 años la vigencia del permiso de Superjuegos Robin para operar un casino en Chihuahua, extendiéndolo hasta septiembre de 2039.
Los hallazgos colocan bajo escrutinio las relaciones empresariales y las decisiones administrativas vinculadas con estas autorizaciones. No obstante, los vínculos corporativos y los contratos documentados no constituyen, por sí mismos, prueba de una conducta delictiva.


