El pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los Lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias, informó Norma Solano Rodríguez, comisionada presidenta del organismo. Las disposiciones buscan establecer con claridad los mecanismos mediante los cuales las personas podrán ejercer sus derechos frente a los medios de comunicación.
De acuerdo con la funcionaria, las nuevas reglas no otorgan facultades a la CRT para retirar contenidos, modificarlos o determinar qué información puede difundirse. También descartó que el organismo vaya a decidir si una noticia es verdadera o falsa, al señalar que las decisiones editoriales corresponden exclusivamente a los medios.
La regulación será aplicable a concesionarias de radio, televisión abierta, televisión y audio de paga, además de las programadoras. Su objetivo principal es que las audiencias conozcan el catálogo de derechos que tienen y cuenten con un procedimiento definido para expresar inconformidades relacionadas con los servicios de comunicación que consumen.
Una vía para presentar quejas
Uno de los puntos centrales de los lineamientos es fortalecer la interacción entre las audiencias y los medios. Para ello, se contempla la participación de la persona defensora de las audiencias, quien funcionará como una vía para recibir planteamientos y canalizar las inconformidades.
El mecanismo pretende que exista una instancia accesible para que las personas puedan comunicarse con el medio que decidieron escuchar o ver. A partir de ese contacto, el medio deberá atender el planteamiento y proporcionar una respuesta conforme a sus propios principios, valores y criterios editoriales.
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¿Cuándo puede intervenir la CRT?
Norma Solano explicó que la Comisión no realizará una revisión permanente de los contenidos ni supervisará las decisiones editoriales de los medios. Su intervención estará relacionada con el cumplimiento del procedimiento de atención de quejas y podrá ocurrir cuando una audiencia solicite su participación ante posibles incumplimientos.
Entre los casos mencionados se encuentra que un medio no presente el informe solicitado por la defensoría de las audiencias o que no realice una rectificación o corrección después de que dicha instancia emita una recomendación.
La presidenta de la CRT insistió en que el organismo no determinará cuál debe ser la respuesta editorial del medio. La finalidad de los lineamientos será garantizar que el procedimiento exista, sea conocido y se cumpla, mientras que cada empresa decidirá cómo responder de acuerdo con sus valores, principios y criterios.
Derechos respaldados por la Constitución
Solano Rodríguez también señaló que los derechos de las audiencias no representan una disposición creada recientemente, pues tienen sustento en la Constitución y en la legislación relacionada con las telecomunicaciones.
El proceso de elaboración de los lineamientos incluyó una consulta pública en la que se registraron 8 mil 89 participaciones. Según los datos presentados por la funcionaria, aproximadamente 5.3 por ciento correspondió a propuestas puntuales y concretas, mientras que el resto fueron puntos de vista expresados durante el ejercicio de participación.
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Protección de audiencias sin intervenir en contenidos
Con la aprobación de estas disposiciones, la CRT plantea establecer un procedimiento más claro para que las audiencias conozcan sus derechos y puedan ejercerlos ante los medios. La Comisión sostiene que su papel estará limitado a tutelar el cumplimiento de los mecanismos de atención, sin asumir funciones relacionadas con la selección, modificación o eliminación de contenidos.
El nuevo marco regulatorio pone el énfasis en la protección de los derechos de las audiencias, la atención de quejas y la obligación de los medios de ofrecer una respuesta mediante los canales establecidos.


