SCJN ordena revocar suspensiones contra reforma judicial
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un plazo de 24 horas para que los jueces de distrito revoquen las suspensiones definitivas que afectan el proceso electoral judicial. Sin embargo, esta decisión no abarca los amparos relacionados con posibles violaciones a derechos humanos. Durante la sesión, se aclaró que las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre la continuidad del proceso judicial no pueden invalidar las órdenes de suspensión emitidas en los juicios de amparo.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena explicó que las suspensiones fueron mal fundamentadas al abordar temas electorales, lo que justifica su revocación. No obstante, subrayó que la Sala Superior del TEPJF no tiene facultades para intervenir en el proceso de impugnación de los amparos. El fallo fue aprobado por siete votos contra tres, aunque la Corte aún debe precisar el momento exacto en que inicia el plazo de 24 horas, lo cual se definirá en la publicación de la sentencia.
El fallo también criticó que diversas instituciones, como el Instituto Nacional Electoral y el Senado, asumieron facultades fuera de su competencia al ignorar las suspensiones judiciales, lo que calificó como una vulneración al estado de derecho. Ministros como Norma Piña, Margarita Ríos Farjat y Javier Laynez respaldaron la resolución, mientras que Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra, argumentando que la SCJN no tiene atribuciones para invalidar decisiones del TEPJF.
Un punto de controversia fue un exhorto para que todas las autoridades respeten las suspensiones emitidas por jueces de distrito, el cual fue rechazado por cuatro ministros. La SCJN reafirmó que la revocación de las suspensiones debe ser determinada por tribunales de circuito o por la propia Corte, garantizando así un proceso judicial conforme a derecho.


