La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional este lunes la prisión vitalicia, al considerar que esta pena vulnera derechos humanos fundamentales y principios constitucionales, tales como la reinserción social y la proporcionalidad de las sanciones. Con una mayoría de votos, el Pleno del máximo tribunal invalidó el artículo 127, segundo párrafo, del Código Penal del estado de Chihuahua, que imponía la pena de prisión vitalicia por homicidio doloso de tres o más personas, al considerarlo incompatible con la Constitución mexicana y con tratados internacionales.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, encargado de presentar el proyecto, explicó que, aunque se anuló la pena de prisión vitalicia, no se otorgará un amparo que pudiera resultar en la impunidad del delito por el cual el condenado fue sentenciado. Esto se debe a que tal medida carecería de fundamento constitucional. En lugar de ello, el ministro sugirió que la autoridad judicial tiene la facultad de revisar nuevamente la pena y ajustarla conforme a las circunstancias del caso, respetando el marco legal y evitando una pena más severa.
Gutiérrez Ortiz Mena subrayó la importancia de que, al individualizar la pena, se tomen en cuenta tanto los factores legales como los principios de reinserción social y proporcionalidad de la pena. La ministra Loretta Ortiz, por su parte, destacó que la prisión vitalicia va en contra del derecho a la reinserción social, ya que impide cualquier posibilidad de reintegrarse a la sociedad y de tener un proyecto de vida a futuro, lo cual, según explicó, anula la personalidad del condenado.
Además, se consideró que la falta de opciones para la revisión o liberación anticipada de la pena constituye un trato cruel, inhumano y degradante. En consecuencia, el tribunal determinó que, en lugar de la prisión vitalicia, deben aplicarse penas que respeten los derechos humanos, como la prisión de 20 a 50 años prevista para homicidio calificado. Este fallo establece un importante precedente y refleja una evolución en el enfoque punitivo del sistema judicial mexicano, que ahora prioriza la dignidad humana y la posibilidad de reinserción de los reclusos.