A partir del próximo 15 de enero entra en operación la reforma al Reglamento de la Ley para el Control del Tabaco, y lo hace, con nuevas disposiciones que llegan para acotar aún más a los fumadores mexicanos.
Y es que, entre la nueva prohibición para la exhibición de los productos de tabaco en las tiendas, así como la limitante para que los restaurantes den servicio de comida en las áreas para fumadores, se agrega que tampoco será permitido fumar en oficinas, hoteles, playas o en parques públicos.
Mientras se acerca la fecha para la entrada en vigor de estas medidas, las preguntas se agolpan y multiplican en la misma vertiente, y es que, entonces ¿Dónde sí estará permitido fumar?, ¿Qué autoridad será la encargada de la aplicación de las respectivas multas a los infractores?
Ayer mismo representantes de la industria tabacalera, comerciantes especializados en el segmento, tiendas de autoservicio y departamentales, así como empresarios de restaurantes y tiendas de conveniencia anunciaron en conjunto, una serie de medidas legales contra este Reglamento, ya que aseguran, “…excede lo marcado por la ley”.